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Escuela de Comercio N° 16 "Gabriela Mistral"
Bachiller con Orientación en Economía y Administración
Desde
1950
NORMATIVA INSTITUCIONAL
DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO POR EL REGLAMENTO GENERAL DE ESCUELAS, SE INFORMA A LOS SEÑORES RESPONSABLES Y ALUMNOS, LAS SIGUIENTES NORMAS VIGENTES A LOS EFECTOS DE TOMAR CONOCIMIENTO Y PREVENIR SITUACIONES QUE RESULTEN DE LA FALTA DE CUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS.
SE SOLICITA TOMAR DEBIDO CONOCIMIENTO Y PEGAR ESTE DOCUMENTO FIRMADO EN LA PRIMERAS HOJAS DEL CUADERNO DE COMUNICACIONES.
LOS ALUMNOS DEBERÁN TRAER DIARIAMENTE EL CUADERNO DE COMUNICACIONES QUE SE UTILIZARA PARA REGISTRAR LAS INFORMACIONES ESCUELA- RESPONSABLES Y VICEVERSA.
1. El horario de ingreso a la escuela es:
Turno mañana: 7.30.
Turno tarde: 13.00.
El último toque de timbre para el ingreso (cierre de la puerta) y formación es:
Turno mañana: 7.40.
Turno tarde: 13.10.
2. El alumno que llega después del toque del timbre de ingreso para cada turno, o sea: 7.40 y 13.10 respectivamente, tiene tarde y por lo tanto, media (1/2) inasistencia.
3. A partir de las 8.00 en el turno mañana y a partir de las 13.20 en el turno tarde, se permitirá al alumno el ingreso al Establecimiento, pero a los efectos del cómputo de la asistencia se registrará como ausente con presencia en clase, y se le computará una (1) inasistencia, pudiendo retirarse del establecimiento, solamente al concluir el horario del turno respectivo, con nota en su cuaderno de comunicaciones.
4. Si el alumno no concurre a la escuela, tiene una (1) inasistencia. Sus responsables deberán enviar por nota en el cuaderno de comunicaciones y/o certificado médico el motivo de dicha falta.
5. El alumno que inasiste por enfermedad más de 4 días consecutivos, incluyendo fines de semana, asuetos y/o feriados de por medio, deberá presentar el comprobante de alta médica (hospitalario o particular) para poder reingresar a la escuela, donde conste la patología y el tratamiento recibido.
6. El alumno que se presente a clase sin el cuaderno de comunicaciones, previo aviso del docente, tendrá un apercibimiento escrito en el Cuaderno de Aula.
7. Las clases de Educación Física se realizan en contraturno, dos (2) veces por semana de una (1) hora reloj de duración cada una.
Si el alumno falta a una (1) clase de Educación Física tiene media (1/2) inasistencia.
Si el mismo día también falta a la escuela tiene una (1) inasistencia en total.
8. El alumno que acumule dos medias faltas (por tardanza y ausente a Educación Física, tendrá
una (1) inasistencia.
9. El alumno sólo podrá ser retirado por el responsable que registró su firma, presentando su documento de identidad.
El retiro se registra de la siguiente forma:
Turno mañana: antes de las 10.35 tiene una (1) inasistencia, después de ese horario media (1/2) inasistencia.
Turno tarde: antes de las 16.05 tiene una (1) inasistencia, después de ese horario media (1/2) inasistencia.
El registro de firmas, INDEFECTIBLEMENTE, deberán hacerlo como mínimo dos (2) responsables (mayores de 18 años), quienes se harán cargo, indistintamente, de cualquier trámite o situación concerniente al alumno. Este registro se hará en fecha próxima, por citación en el cuaderno de comunicaciones. Asimismo, deberán consignar uno o más números telefónicos, donde se pueda ubicar a los responsables durante el horario de clase. Ninguna otra persona, podrá retirar al alumno, ni éste podrá hacerlo por sus propios medios (fuera de los horarios de término de cada turno) y el responsable deberá presentar su documento para retirarlo.
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10. Los alumnos sólo podrán ingresar o retirarse fuera del horario habitual, con previa autorización firmada de los responsables (Resolución Nº 1941/2003).
Según Ley Nº 26.579 art. 128/2010, el alumno alcanza al cumplir dieciocho (18) años la mayoría de edad por lo que queda capacitado para la vida civil. Por lo tanto los padres, tutores o responsables no ejercen representación sobre los mismos.
11. Sólo podrán ingresar en horario diferido y retirarse en forma anticipada, los alumnos que presenten la notificación dictada por el preceptor debidamente firmada por el adulto responsable.
12. Los alumnos que tuvieran inasistencias, llevarán el día viernes de esa semana el boletín correspondiente, que deberán entregar a su preceptor el lunes siguiente, debidamente firmado por uno de los responsables.
13. Los padres y alumnos se notificarán fehacientemente del Proyecto de Seguimiento de Asistencia Institucional.
14. Si el alumno faltase y tuviese sin justificar dos (2) días consecutivos o tres (3) o más alternados en el curso de un mes, el Preceptor y/o Tutor se comunicaran con el adulto responsable del alumno para tomar conocimiento del objeto de las ausencia, dejar constancia escrita en el legajo del alumno e informar al equipo directivo.
15. Si el alumno tuviese siete (7) inasistencias, el Preceptor notificará vía cuaderno de comunicaciones al adulto responsable del mismo para tomar conocimiento e interiorizarse de los motivos de las inasistencias y rendimiento. La conducción evaluará estrategias o derivación a otras áreas externas a la escuela.
16. El alumno que incurriera en dos inasistencias injustificadas en una misma quincena, perderá el derecho de ingresar más tarde o salir en forma anticipada en caso de ausencia de docentes la quincena siguiente.
17. En el caso de inasistencias por enfermedad que superen los cuatro días consecutivos, incluyendo fines de semana, asuetos y/o feriados se requerirá certificado médico en donde conste la patología y tratamiento recibido.
18. El alumno que acumule hasta quince (15) inasistencias durante el ciclo lectivo y que hayan sido justificadas acreditando certificado médico y por su responsable será reincorporado.
19. Si llega a (15) inasistencias, Jefe de Preceptores y Coordinador de Tutores citarán al adulto responsable del alumno para analizar las acciones de acompañamiento realizadas con el alumno según el Acta de Compromiso firmada anteriormente y respecto a su permanencia. Se realiza nueva Acta de reunión y se comunica al equipo ASE (Equipo de Asistencia Socioeducativa) del Ministerio para su conocimiento e intervención.
20. Si la familia no responde la escuela debe informar a los Equipos de Apoyo Escolar (ASE), quienes evaluarán la situación y si es necesario derivaran.
21. Si dichas inasistencias no han sido justificadas, el alumno podrá ser reincorporado previa consulta de opinión con los docentes del curso y del Consejo Consultivo.
22. De la primera reincorporación: Al alumno reincorporado por primera vez se le concederán diez (10) inasistencias más. Si excediese este máximo de veinticinco (25) perderá su condición de alumno regular.
En el caso de verificarse veinte (20) días corridos de ausencia injustificada, la escuela deberá elevar informe fundado a la Supervisión y al Equipo de Asistencia Socioeducativa (ASE).
23. De la segunda reincorporación: El alumno solo podrá ser reincorporado por segunda vez, cuando tenga justificadas por razones de salud o fuerza mayor, por lo menos diecisiete (17) de las veinticinco (25) faltas en períodos de tres o más inasistencias consecutivas o de dos.
24. Al alumno reincorporado por segunda vez se le otorgarán cinco (5) inasistencias más, acumulando solo treinta (30) para conservar la condición de regular.
25. Las Autoridades deben informar a la Supervisión escolar los casos de alumnos que pierden la condición de regular.
26. Los alumnos deberán ingresar al establecimiento
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Correctamente aseados
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Calzado de taco bajo o chatitas
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Pantalón largo, bermudas o short a media pierna
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Remeras de manga corta, o sin mangas, musculosa sin escote y a la altura del ombligo
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Con respecto a los pantalones pueden estar deshilachados, que no tengan agujeros pronunciados desde la media pierna hacia arriba.
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Se permiten prendas y accesorios con insignias deportivas pero NO partidarias .
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No se podrán usar: minifaldas, vestidos cortos, minishort, short de baño, ojotas, ni Crocs.
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En las clases de Educación Física se presentarán según la normativa de esa área
27. Queda terminantemente prohibido el uso de la telefonía celular durante toda actividad escolar de los alumnos, salvo que el docente realice una actividad escolar. El alumno que por elección familiar trajera celular a la escuela, deberá tenerlo apagado. ASIMISMO, SE RECUERDA QUE ES UN OBJETO DE VALOR DEL QUE LA INSTITUCIÓN NO SE VA A HACER RESPONSABLE BAJO NINGÚN CONCEPTO.
28. Las faltas de disciplina, de respeto y/o de incumplimiento, serán sancionadas, según lo establecido dentro del Código y Normas de Convivencia.
29. El alumno con sanciones disciplinarias, condicionará su reincorporación, a la previa consulta del cuerpo de profesores.
30. Se recomienda, muy especialmente, que los alumnos se conduzcan disciplinadamente con sus compañeros y con los adultos; que cuiden el mobiliario y las instalaciones que son propiedad de todos para el uso común y que respeten las normativas para lograr una mejor convivencia.
INFORMACION SOBRE EL REGIMEN DE EVALUACION
CONDICIONES PARA LA APROBACION DE LAS ASIGNATURAS
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5- Para ser promovido al año inmediato superior, el alumno NO PODRÁ adeudar más de dos (2) asignaturas.
6- Las dos (2) asignaturas que el alumno adeude de años anteriores, podrá rendirlas en calidad de previas, frente a tribunal examinador, en las fechas estipuladas por Agenda Educativa: JULIO; DICIEMBRE; MARZO.
7- Por Resolución Nº 1664-SED-00, el régimen de correlatividad rige sólo para los alumnos que rinden en condición de LIBRES.
8- Los alumnos que terminaron de cursar su Ciclo Medio, rendirán todas las asignaturas que adeuden en condición de REGULAR hasta su aprobación, Resolución Nº 1664 – (Inc. H).
NOTA: Es un objetivo prioritario de esta Institución, que los alumnos y sus responsables, concienticen la necesidad de estudiar y cumplir sistemáticamente las consignas dadas por los docentes, para lograr un buen resultado.
Estas normas fueron consensuadas por alumnos y docentes desde el año 1998 y revisadas en el 2019 por alumnos, docentes y padres. Siguen vigentes en la actualidad.
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Trato respetuoso entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.
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No discriminar ni burlar. Respeto por la dignidad humana.
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Respeto por la diversidad de opiniones: escuchar y permitir su expresión en tanto no agravien a otros miembros de la comunidad
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Cuidar el establecimiento y los bienes del mismo mejorándolos en la medida de lo posible y respetar los bienes personales de los miembros de la Comunidad Educativa
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La calificación debe ser independiente de la disciplina. No debe aplicarse como medida intimidatoria ni tampoco por afinidad ni preferencia.
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Conocer y respetar el orden Jerárquico.
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Todas las transgresiones serán contextualizadas y se valorará el sentido pedagógico de toda sanción.
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La vestimenta de los alumnos será la establecida en el punto 16 de la Normativa Institucional y la de Educación Física.
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Respetar los símbolos patrios Nacionales y Extranjeros
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Todos los miembros de la Comunidad Educativa se comprometen a cumplir y hacer cumplir las Normas consensuadas y solicitar sanción para quienes no las cumplan.
El equipo de conducción puede aplicar sanciones en forma directa, considerando la reiteración y acumulación de faltas.
Según la importancia y la urgencia del caso, el equipo de conducción podrá convocar los siguientes cuerpos colegiados: Consejo de Aula, Consejo de Profesores del curso, Consejo de Emergencia, Consejo Consultivo, con la finalidad de fortalecer la convivencia y establecer mecanismos para el abordaje y tratamiento de conflictos basados en la búsqueda de acuerdos y técnicas de negociación colaborativa y mediación, en el ámbito en que se originan y con la participación de los actores involucrados.
CÓDIGO DE CONVIVENCIA
Serán consideradas transgresiones merecedoras de sanción todas las acciones y/o actitudes que violen algunas de las normas acordadas por la Comunidad Educativa y establecidas en el Régimen de Convivencia Institucional.
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Antes de la aplicación de cualquier sanción, el transgresor podrá ejercer el derecho a la defensa y contar con un espacio de reflexión cuyo sentido sea pedagógico.
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Cuando se estime conveniente aplicar una sanción ello se hará de modo proporcional a la gravedad del hecho y a las circunstancia del caso.
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Todas las faltas incrementarán su gravedad de acuerdo con el perjuicio causado y con los antecedentes de quien cometa la transgresión
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Toda transgresión originará la obligación de reparar los daños materiales que haya causado.
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Cuando la índole del hecho lo haga posible se tratará que el causante realice un trabajo reparador de sus efectos, además de otra sanción que pudiera corresponder.
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Cuando un alumno es pasible de sanción, él y sus responsables legales tendrán garantizados el derecho a la información durante el proceso de decisión y una vez aplicada la sanción.
SE SANCIONARÁN:
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Agredir en forma oral, escrita y/o física.
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Faltar el respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
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Perturbar el orden durante la jornada escolar en cualquier ámbito en que se desarrolle, con juegos, actitudes y/o acciones incorrectas y/o inadecuadas.
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Incurrir en incumplimiento en la entrega y devolución de cualquier documentación.
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Faltar a una hora de clase sin autorización del docente a cargo.
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Llegar reiteradamente tarde a clase sin motivo justificado.
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Usar teléfonos celulares y reproductores de música y/o video, durante la permanencia en la escuela, en la sede de Educación Física y durante toda otra actividad extracurricular.
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Deteriorar y/o destruir los bienes del prójimo o de la Institución y/o sus instalaciones.
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Arrojar objetos que puedan dañar a terceros.
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Juegos de manos en cualquier lugar del Establecimiento.
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Denotar actitud provocativa al exhibir emblemas o símbolos que sean susceptibles de fomentar conflictos entre los integrantes de la Comunidad Educativa.
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Ocasionar problemas extra-escolares cuyas consecuencias perturben la convivencia en la escuela o el normal desarrollo de las actividades escolares.
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Fumar en la escuela o sedes de Educación Física.
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Incumplimiento con la vestimenta adecuada.
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La ausencia del cuaderno de comunicaciones.
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Todo otro accionar de los alumnos contrario a las normas vigentes.
SERÁN CONSIDERADAS FALTAS GRAVES:
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Faltar el respeto a los Símbolos Patrios.
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Portar armas.
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Usar elementos con fines agresivos o intimidatorios.
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Consumir bebidas alcohólicas o drogas en el establecimiento o sedes de Educación Física e ingresar o permanecer en la escuela o en el Campo de Deportes bajo sus efectos.
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Adulterar documentación.
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Exhibir emblemas o símbolos que denoten discriminación o intolerancia.
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Discriminar y /o afectar principios morales.
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Incurrir en conductas individuales o colectivas que generen situaciones de riesgo para sí mismos o para los demás.
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Hurtar o Robar.
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Amenazar y/o ejercer actitudes patoteriles.
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Transgredir la integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
Por ejemplo: Publicar fotos y /o videos sin previa autorización.
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Acosar u hostigar psíquica o verbalmente a cualquier persona de la Comunidad Educativa.
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Protagonizar o alentar peleas dentro o en las cercanías de la escuela.
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Llamadas anónimas que afecten a toda la Comunidad Educativa.
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Retirarse de la escuela sin la debida autorización.
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Reiteración de faltas.
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SANCIONES:
Las sanciones que rigen para los alumnos están establecidas por la Ley Nº 223 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las que rigen para los docentes por el Estatuto del Docente Municipal – Ordenanza Nº 40.593.
Las sanciones a aplicarse a los alumnos son:
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Apercibimiento oral.
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Apercibimiento escrito.
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Realización de acciones reparatorias en beneficio de la Comunidad Escolar.
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Cambio de división.
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Cambio de turno.
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Separación del Establecimiento:
1.- Separación transitoria o temporal.
2.- Separación por el resto el año escolar.
3.- Separación definitiva.